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Convocatoria a la colsulta popular (Aprobada) por Rafafael correa y tramitada por TSE |
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viernes, 04 de enero de 2008 |
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El Tribunal Supremo Electoral, de conformidad con el mandato constitucional y legal, es responsable de organizar, dirigir, vigilar y garantizar la Consulta Popular Nacional del 15 de abril de 2007, convocada por el Presidente de la República, mediante Decreto No. 2 del 15 de enero de2007, de acuerdo al Art. 104 numeral 2 de la Constitución Política de la República, para la instalación de una Asamblea Constituyente. |
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Modificado el ( viernes, 04 de enero de 2008 )
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Estatuto de elección, instalación y funcionamiento de la asamblea constituyente 15 de abril 2007 |
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viernes, 04 de enero de 2008 |
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ARTÍCULO 1.- DE LA NATURALEZA Y FINALIDAD DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE.La Asamblea Constituyente es convocada por el pueblo ecuatoriano y está dotada de plenos poderes para transformar el marco institucional del Estado, y para elaborar una nueva Constitución. La Asamblea Constituyente respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. |
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Modificado el ( viernes, 04 de enero de 2008 )
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Reglamento de funcionamiento de la asamblea constituyente |
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Sala de Prensa José Peralta
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viernes, 14 de diciembre de 2007 |
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REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE CAPÍTULO PRIMERO De su naturaleza y sede Artículo 1. De la naturaleza.- La Asamblea Constituyente representa a la soberanía popular que radica en el pueblo ecuatoriano, y por su propia naturaleza, está dotada de plenos poderes. |
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Modificado el ( miércoles, 09 de enero de 2008 )
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